Brecha salarial e IRPF

José Mª Durán Cabré

Alejandro Esteller Moré

Profesores de la Universidad de Barcelona e investigadores del Instituto de Economía de Barcelona

Publicado en La Vanguardia el 30 de noviembre de 2019

La existencia de una brecha salarial entre hombres y mujeres es un hecho común que, con diferentes intensidades, se da en países desarrollados como EE.UU., Reino Unido, Austria, Alemania, e incluyendo los nórdicos como Dinamarca, Noruega o Suecia. España no es una excepción. En concreto, a raíz del nacimiento del primer hijo, mientras que la tendencia en la remuneración del padre no varía, la de la mujer cae ya en los dos años posteriores hasta llegar a aumentar la brecha al cabo de cinco años entre un 17 y un 23%, según los estudios. Y alrededor de un 70% de ese aumento se debe a la disminución de la participación de la mujer en el mercado laboral.

Ante tal evidencia, políticas que contribuyan a mitigar esa retirada de la mujer del mercado laboral han de ser bienvenidas. En nuestro país, desde 2003, existe en el IRPF una deducción de la cuota líquida por madre trabajadora con hijos menores de tres años que puede convertir ese impuesto en uno negativo. La deducción se introdujo, según la Exposición de Motivos de la ley, con la finalidad de compensar los costes derivados de la maternidad, así como la de estimular la incorporación de la mujer al mercado laboral. Su importe, 1.200 euros anuales, se aplica con independencia de los ingresos de la madre y no ha variado durante todo este periodo, aunque la inflación acumulada desde 2003 haya sido del 33%. Aunque su importe sea reducido, parece interesante analizar si puede tener algún efecto incentivador sobre las madres trabajadoras o si se podría configurar de tal manera que lo tuviera. Una radiografía de las madres beneficiadas por la deducción a partir de los micro-datos de IRPF nos puede ser de utilidad. De los 720 millones de euros que cuesta la deducción, el 75% del total se distribuye entre mujeres con edades entre los 30 y 40 años. Si tenemos en cuenta los ingresos de las madres beneficiarias para esa franja de edad, el 60% del total de la deducción beneficia a la mitad de la población femenina con mayores salarios. Y si nos centramos en el 30% con mayores ingresos, esto es, con salarios a partir de 23.100 euros, éstas obtienen el 35% del total de la deducción.

Ante estos datos, cabe plantearse si esta deducción no puede rediseñarse condicionando su aplicación a la renta de las madres. Por ejemplo, en EE.UU., existe el denominado “Earned Income Tax Credit”, que pretende impedir la salida del mercado laboral de los hogares con elevadas cargas familiares. Se trata también de una deducción en la cuota que permite que el impuesto sea negativo, pero cuyo diseño beneficia especialmente a los hogares con menores niveles de renta. Ciertamente, no es una política fiscal de género, pero sí intenta que las cargas familiares no provoquen la salida del mercado laboral de los perceptores con rentas bajas. En general, cabe decir que, si bien tradicionalmente se ha considerado esta política como muy efectiva en relación con la participación laboral de los hogares con elevadas cargas familiares, estimaciones recientes ponen en duda tal efectividad.

En cualquier caso, el hecho de hacer que la deducción en España viniese condicionada a la renta generaría ganancias redistributivas. Por ejemplo, si se excluyera de la actual ayuda al 30% de todas las mujeres con mayores salarios, se podría llegar a aumentar su importe actual hasta los 1.750 euros, esto es, un incremento del 46%. Tal política mejoraría la capacidad redistributiva del sistema fiscal y, pendiente de un análisis cuantitativo, no sería descartable que ese mayor importe generara incentivos favorables a la participación de la mujer en el mercado laboral en los estratos más bajos de la distribución salarial. Y es que no todos los cambios fiscales (positivos) tienen que provocar un aumento de la presión fiscal global.